El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó penas de 15 años y un día de presidio efectivo para Manuel Alejandro Espinoza Ambiado, y de 10 años y un día para su hermano, Jean Paul Espinoza Ambiado, tras acreditar su participación en calidad de autores de dos delitos consumados de robo con violencia. Ilícitos perpetrados en diciembre de 2022, en las comunas de Tomé y San Pedro de la Paz.

Según se estableció en el juicio, los condenados observaban a sus víctimas dentro de sucursales bancarias, identificaban a quienes retiraban altas sumas de dinero y luego las seguían para concretar los robos en la vía pública, utilizando violencia física para sustraer las especies.

Uno de los hechos ocurrió el 30 de diciembre de 2022 en San Pedro de la Paz, cuando una mujer retiró $13 millones desde un banco y fue seguida por uno de los imputados.

Posteriormente, ya con $1,5 millones en su poder tras realizar un depósito parcial, fue interceptada en la vía pública, donde la arrojaron al suelo y arrastraron mientras le quitaban la cartera.

El asalto se concretó cuando la víctima descendió de un vehículo, momento en que uno de los agresores la abordó con un pretexto y luego la atacó directamente. Tras sustraer el dinero, un teléfono y otras especies, huyó en un automóvil que era conducido por su hermano. La víctima resultó con lesiones leves.

El segundo caso se registró el 14 de diciembre de ese mismo año en Tomé, donde otra mujer retiró $9 millones desde una sucursal bancaria. Fue seguida por los imputados, quienes la interceptaron en la vía pública y la atacaron para quitarle la cartera, logrando sustraer cerca de $5 millones en efectivo.

En ese hecho, la víctima fue golpeada y lanzada al suelo mientras los agresores forcejeaban para arrebatarle sus pertenencias. Como consecuencia, sufrió lesiones de mediana gravedad, incluyendo hematomas y contusiones.

El tribunal consideró que ambos actuaron de manera coordinada, repitiendo un mismo patrón: marcar a las víctimas en los bancos, seguirlas y concretar los robos en momentos de vulnerabilidad. Además, se tuvo en cuenta la reiteración de delitos y circunstancias agravantes al momento de fijar las penas.

Debido a la extensión de las condenas, se determinó que ambos deberán cumplir las penas de manera efectiva, sin posibilidad de acceder a beneficios sustitutivos.