La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por el Centro General de Padres y Apoderados del Colegio San Agustín, que buscaba frenar el cambio de modalidad de financiamiento del establecimiento, desde particular subvencionado a particular pagado, a partir del año escolar 2027.

La decisión fue adoptada de manera unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, que descartó actuaciones ilegales o arbitrarias por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Educación del Biobío y de la Fundación Educacional Santo Tomás de Villanueva, sostenedora del colegio.

Según los antecedentes del fallo, la fundación presentó formalmente la solicitud para modificar el régimen de financiamiento el 24 de marzo de 2026, dentro del plazo establecido por la normativa.

Además, la Corte tuvo por acreditado que la sostenedora informó a las familias mediante cartas certificadas enviadas el 23 de marzo y correos electrónicos remitidos ese día y el 27 de marzo. Estas comunicaciones incluían antecedentes sobre los aranceles, el fondo de becas y el proceso de matrícula para 2027.

A partir de esos antecedentes, el tribunal concluyó que se cumplió con la obligación de informar por escrito a los apoderados y que no se acreditaron acciones u omisiones ilegales o arbitrarias. Por ello, rechazó el recurso sin condenar en costas a quienes lo presentaron.

La decisión judicial se da en medio del rechazo manifestado por apoderados del establecimiento ante el cambio de régimen, que implicará dejar de recibir subvención estatal desde marzo de 2027.

Entre las principales preocupaciones de las familias está el aumento del costo de la educación, debido al paso a la modalidad particular pagada. En abril, apoderados habían advertido que el alza de las mensualidades podría obligar a algunas familias a retirar a sus hijos del colegio.

La resolución de la Corte de Apelaciones desestima esta acción judicial, por lo que no prosperó la solicitud de impedir el cambio de financiamiento para el próximo año escolar.